La caución de alquiler suele asociarse al departamento que busca una familia, pero también sirve para garantizar el alquiler de un local, una oficina o un depósito. Ahí cambian varias cosas: quién la contrata, qué documentación se presenta y qué reglas del Código Civil y Comercial aplican a un contrato que no es de vivienda. Te contamos cómo funciona y qué revisar antes de firmar.
La caución no es solo para vivienda
La caución garantiza que el inquilino cumpla el contrato de locación, y el contrato puede tener cualquier destino. La Superintendencia de Seguros de la Nación lo dejó asentado en 2020: cuando aprobó condiciones específicas de caución para alquileres de vivienda (Res. SSN 376/2020, hoy derogada), mantuvo vigentes las condiciones anteriores de caución para alquileres de inmuebles por considerarlas útiles para las locaciones con destinos distintos al de vivienda. Hoy cada aseguradora arma su plan dentro de los lineamientos que la SSN fijó para la rama Caución (Res. SSN 384/2025).
Qué reglas aplican a un contrato comercial
Desde el DNU 70/2023, el plazo del alquiler es el que pacten las partes; si el contrato no lo fija, para destinos distintos de la vivienda es de tres años (art. 1198 del Código Civil y Comercial). El precio puede pactarse en pesos o en moneda extranjera, con el índice de ajuste que acuerden (art. 1199), y el inquilino puede rescindir en cualquier momento pagando el 10% del saldo del alquiler futuro (art. 1221). Las garantías también se pactan libremente (art. 1196): el propietario de un local no está obligado a aceptar una caución, y tampoco lo estaba con la ley anterior, porque la Ley 27.551 solo alcanzaba a los alquileres de vivienda.
Quién es quién si alquila una empresa
Si el inquilino es una sociedad, la tomadora de la póliza es la empresa: la contrata, la paga y asume el compromiso de devolverle a la aseguradora lo que pague por ella. El asegurado sigue siendo el propietario, que es quien cobra si hay incumplimiento. Como la aseguradora evalúa a quien va a cumplir el contrato, en una empresa mira su situación societaria y contable, y puede pedir contragarantías si lo considera necesario.
Qué documentación suele pedirse
La lista final la define la aseguradora, pero lo habitual para una empresa es presentar estatuto o contrato social, acta de distribución de cargos vigente, CUIT, DNI de los firmantes autorizados y los últimos dos balances certificados. También pueden pedirse manifestación de bienes, referencias bancarias y comerciales y declaraciones juradas de IVA y Ganancias. Si alquila una persona para su actividad, como un profesional o un comercio unipersonal, la evaluación se parece más a la de un alquiler de vivienda: identidad e ingresos demostrables.
Qué conceptos conviene garantizar
Además del alquiler, en un local pesan las expensas, los servicios y el tiempo que el inmueble puede quedar ocupado si el contrato termina mal. Revisá que la póliza incluya los conceptos que el contrato pone a cargo del inquilino y con qué topes: lo que no figura en la póliza no está garantizado. Y si el contrato se ajusta por un índice, preguntá cómo acompaña la suma asegurada esos ajustes, porque en un contrato de varios años el alquiler puede terminar muy por encima del primer mes.
Cómo pedir la cotización
Podés pedirla con los mismos datos que una caución de vivienda: valor del primer mes, depósito en garantía y duración del contrato, más expensas, servicios y meses de ocupación indebida si querés cubrirlos. Si el inquilino es una empresa, aclaralo en el mensaje del formulario para que te indiquemos qué documentación hace falta en tu caso.
Conclusión
En un alquiler comercial la caución funciona igual que en uno de vivienda: el inquilino es el tomador, el propietario es el asegurado y la aseguradora garantiza el cumplimiento según la póliza. Lo que cambia es la evaluación, que mira a la empresa, y el marco del contrato, con un plazo supletorio de tres años y rescisión con el 10% del saldo. Con esos puntos claros, negociar la garantía es más simple.
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Ir a la guía de caución para alquilerPreguntas frecuentes
¿Una empresa puede ser tomadora de una caución de alquiler?
Sí. En ese caso la aseguradora evalúa a la empresa y suele pedir documentación societaria y contable, como estatuto o contrato social, acta de distribución de cargos, CUIT, DNI de los firmantes y balances.
¿Cuál es el plazo de un alquiler comercial si el contrato no lo dice?
Tres años, según el art. 1198 del Código Civil y Comercial en el texto del DNU 70/2023. Si el contrato fija un plazo, vale el que pactaron las partes.
¿El propietario de un local está obligado a aceptar la caución?
No. Las garantías se pactan libremente (art. 1196 del Código Civil y Comercial). La Ley 27.551, que obligaba a aceptar una de las garantías propuestas por el inquilino, solo alcanzaba a los alquileres de vivienda y además fue derogada.
¿Puedo rescindir antes un alquiler comercial?
Sí. El Código permite al inquilino resolver el contrato en cualquier momento pagando el 10% del saldo del alquiler futuro (art. 1221). Si esa suma queda garantizada por la caución depende de lo que diga la póliza.
¿Tenés que garantizar el alquiler de un local u oficina?
Pedí la cotización con los datos del contrato y contanos si el inquilino es una empresa: te indicamos qué documentación hace falta.
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